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Privacidad en el entorno bibliotecario: declaración de la IFLA

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El Comité Ejecutivo de la IFLA refrendó una Declaración de la IFLA sobre la Privacidad en las Bibliotecas durante su reunión del 14 de agosto de 2015 en Ciudad del Cabo, Sudáfrica. El Comité FAIFE supervisó la preparación de la Declaración previa consulta con unidades de la IFLA y diversas organizaciones de defensa de las libertades civiles en Internet.

Esta nueva Declaración de la IFLA sobre la Privacidad en las Bibliotecas pretende servir de referencia a las bibliotecas y servicios de información en un entorno de intensa vigilancia gubernamental y donde es habitual la recopilación de datos de usuarios por parte de intereses comerciales que ofrecen contenidos o servicios a través de Internet. La intimidad de los usuarios de las bibliotecas puede verse comprometida como consecuencia del uso de búsquedas o aplicaciones de redes sociales en la Web o del uso de contenidos y plataformas de bibliotecas que recopilen datos de los usuarios finales.

La Declaración presenta algunos de los retos actuales a los que se enfrentan los servicios bibliotecarios y de información ante la protección de la privacidad de los usuarios, describe importantes declaraciones internacionales sobre la privacidad como derecho e identifica políticas de la IFLA relacionadas con este tema. Por último, la Declaración sobre la Privacidad en las Bibliotecas ofrece a los servicios bibliotecarios y de información recomendaciones para la defensa de la protección de la privacidad y medidas prácticas para proteger la privacidad de los usuarios en las bibliotecas. La Declaración admite limitaciones operativas de las bibliotecas y los servicios de información con respecto a la recopilación de ciertos tipos de datos de sus usuarios y anima a corregir las prácticas de recopilación de datos en las bibliotecas locales, considerando las cuestiones de privacidad durante el suministro de plataformas y servicios, informando y formando a los usuarios sobre los riesgos existentes y las prácticas más correctas y participando en el esfuerzo común por favorecer la protección de la privacidad.

[tomado de la web de la IFLA)

 

Reproducimos aquí parte de la declaración y enlazamos al documento pdf del texto completo:

Declaración de la IFLA sobre la Privacidad en
el Entorno Bibliotecario

(…)

La privacidad como derecho
De acuerdo con el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la libertad de acceso a la información y la libertad de expresión son conceptos básicos para nuestra profesión. La privacidad es parte integral de la salvaguarda de esos derechos. El Artículo 12 de la Declaración Universal define la privacidad como un derecho humano, de forma que “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su privacidad, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación”. La privacidad es fundamental para el acceso y uso de información sin temor a las consecuencias. La vigilancia electrónica, la interceptación de comunicaciones digitales y la recopilación a gran escala de datos personales tienen un impacto negativo sobre la libertad de expresión y la libertad de información. En reconocimiento de lo anterior, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó en 2013 y 2014 varias resoluciones sobre el “Derecho a la privacidad en la era digital,” conminando a todos los países a “respetar y proteger el derecho a la privacidad, incluido el contexto de la comunicación digital”.

La privacidad en las bibliotecas
Las políticas individuales de los servicios bibliotecarios y de información tradicionalmente valoran la privacidad y confidencialidad de los usuarios. Estos principios quedan reflejados explícitamente en el Manifiesto de la IFLA sobre Internet: “Los servicios bibliotecarios y de información … tienen la responsabilidad de … esforzarse por garantizar la privacidad de sus usuarios y que los recursos y servicios que utilicen sean confidenciales”. El Código Ético de la IFLA considera principios fundamentales el respeto a la privacidad personal, la protección de datos personales y la confidencialidad en la relación entre el usuario y el servicio bibliotecario o de información.

La privacidad de los usuarios en las bibliotecas afronta retos de importancia. Los proveedores de contenidos y servicios comerciales utilizados por los servicios bibliotecarios y de información pueden recopilar datos sobre las actividades, las comunicaciones y las transacciones de los usuarios, o exigir a las bibliotecas la recopilación de datos como condición para la prestación de sus contenidos o servicios. Los sistemas bibliotecarios basados en la nube pueden transferir y almacenar datos de los usuarios al margen del servicio bibliotecario o de información. Cuando estos servicios ofrecen prestaciones para dispositivos móviles, dichas prestaciones pueden recopilar datos sobre la identidad y localización, hacer un seguimiento del uso del servicio bibliotecario o de información y compartir los datos con terceras partes.

(…)

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