La mutilación o pérdida de los libros así como la demora en su devolución pueden dar lugar a:
- Pago de los gastos que se hayan originado por la reparación o reposición y por las reclamaciones.
- Inhabilitación de la Tarjeta de Usuario por un período proporcional al número de documentos y la duración de la demora.
- Retirada de la Tarjeta, en caso de infracciones graves o reiteradas.
Comentarios
Buenos días, en el punto 15.11 del Reglamento del Servicio Municipal de Bibliotecas de Córdoba dice textualmente "La mutilación de los libros, la pérdida de éstos o la demora en su
devolución obligan al beneficiario del préstamo al pago de los gastos que se hayan originado por la reparación o reposición y las reclamaciones. Asimismo, el bibliotecario podrá imponer por los motivos anteriores, y de acuerdo con la gravedad de la falta, sanciones que vayan desde la amonestación (oral o por escrito) hasta la retirada de la Tarjeta de Lector por un periodo de tiempo proporcional al retraso en la devolución." Este tiempo proporcional se traduce, en nuestro sistema automatizado de gestión bibliotecaria, en 1 día de sanción (no poder retirar en préstamo materiales de la Biblioteca) por día de retraso y por obra prestada, con un plazo de cortesía de 2 días sin sanción. Saludos
quería saber cual es la política de la RMB de Córdoba en cuanto a la penalización por retrasos en la devolución de documentos o que consideramos una infracción grave y lo que ello conlleva. No he podido localizar documento alguno al respecto ni Carta de Servicios en la que se recoge esta información. Muchas gracias por su atención. Quedo a la espera de su respuesta. Un saludo
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