DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS DE LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS DE ANDALUCÍA.
(Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación)
DERECHOS
1. Los usuarios de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía tienen derecho a disponer, como mínimo, de los siguientes servicios, instalaciones y equipamientos bibliotecarios, así como del asesoramiento y ayuda necesarios para su utilización:
a) Lectura, préstamo y referencia para adultos, jóvenes y niños.
b) Colecciones de fondos de interés local y regional.
c) Información ciudadana.
d) Materiales y servicios adaptados a colectivos con necesidades especiales.
e) Acceso a la consulta de materiales en todo tipo de soporte, incluido el acceso telemático a redes de información.
f) Instalaciones y condiciones de accesibilidad adecuados a la normativa vigente.
2. En todas las bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía deberá figurar en lugar visible un cuadro o cartel con información sobre los derechos y obligaciones de los usuarios.
3. Reglamentariamente se determinará el horario mínimo y las condiciones generales de la prestación del servicio bibliotecario a efectos de garantizar los derechos de los usuarios de la Red.
OBLIGACIONES
Los usuarios de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía tendrán la obligación de observar el comportamiento correcto y adecuado para el buen funcionamiento de las bibliotecas de la Red, de acuerdo con lo establecido en esta Ley, en sus normas de desarrollo y en las que dicten los titulares de las bibliotecas, y en particular las siguientes obligaciones:
a) Respetar los derechos de los demás usuarios de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, guardando el debido orden, respeto y compostura.
b) No hacer uso de los centros o servicios bibliotecarios, ya sea de manera presencial o a distancia, para una finalidad distinta de la de ejercer su derecho como usuario.
c) Cuidar de los materiales bibliotecarios, informativos y cualesquiera otros a los que se acceda.
d) Cuidar de los bienes muebles e inmuebles de las bibliotecas y servicios bibliotecarios de la Red.
e) Abonar aquellos servicios no gratuitos que se presten por la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
f) Devolver los libros y, en general, los materiales prestados en las mismas condiciones en las que los retiraron en préstamo.
g) Acreditar la condición de usuario al ser requerido a tal efecto, tanto presencialmente como a distancia, por el personal que presta sus servicios en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
h) Cumplir y respetar las normas de funcionamiento establecidas en cada centro o servicio y seguir las indicaciones y órdenes del personal que presta sus servicios en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
Comentarios
Lo primero: intenta devolver el libro lo antes posible. Cuando lo hayas hecho y comprobemos que no queda ningún otro material sin devolver a tu nombre, intentaremos ser magnánimos y dejar la sanción en lo mínimo.
Saludos
Cito a Antonio Lopez Gonzál:
Esperando una resolución, me despido atentamente, buen día. Antonio López González.
Cito a jose luis porras mar:
Los puestos existentes se ocupan por personas no que van a leer propiamente dicho, sino a estudiar (aunque obviamente para estudiar hay que leer). La biblioteca no debe convertirse en un mero local para el estudio, para eso deberían habilitarse espacios en los centros educativos y universitarios. La biblioteca pública debe mantener espacio para actividades y para permitir una estancia agradable y la cómoda búsqueda de recursos para quienes van a utilizar sus servicios. En cualquir caso, ninguna ampliación de puestos de estudio en las bibliotecas municipales sería suficiente para acoger a toda la población estudiantil.
Supongo que te estás refiriendo a las actividades del Salón del Libro Infantil y Juvenil, en las que toda la Biblioteca Central se vuelca en las actividades de promoción del libro y la lectura para niños y jóvenes. Se trata de sólo una de las semanas del año y, como siempre, la sala de lectura sigue quedando al margen de cualquiera de estas actividades.
Llucia, no va con la naturaleza de la biblioteca pública el "exijir silencio" sí, como dice la norma legal, observar "el debido orden, respeto y compostura". En una biblioteca pública, usuarios y bibliotecarios deben hablar, para atender consultas, proporcionar información, realizar préstamos y devoluciones, etc. Es importante, que esta actividad se realice procurando interferir lo menos posible en la actividad de los demás, pero de manera efectiva.
Lo que está de más es la mera cháchara y para combatir esta y otras faltas de respeto a los demás debemos colaborar todos, bibliotecarios y usuarios.
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